Otros trámites

Traslado de expediente

El traslado de expediente se puede solicitar como muy tarde hasta finales de abril.

Se debe rellenar esta solicitud y entregarla en la secretaría de la EOI.

Impreso solicitud

Alumnado de la EOI Maó que quiera cursar sus estudios en otra EOI:

  • Tenéis que poneros en contacto con la EOI de destino para ver si hay plazas vacantes.
  • No se devolverá el importe de la matrícula cuando el traslado sea a una EOI fuera de las Islas Baleares.
  • Se tendrá que solicitar el traslado de expediente a la EOI de destino y abonar la tasa correspondiente.

Alumnado de otra EOI que quiere cursar sus estudios en la EOI de Maó

  • Antes de pedir el traslado de expediente, se deberá confirmar en nuestra EOI si habéis obtenido una plaza y justificar el traslado por cambio de domicilio o de lugar de trabajo.
  • En caso de no ser alumno de las Islas Baleares se deberá abonar el importe de la matrícula como nuevo alumno y la matrícula se considerará definitiva al recibir el expediente.
  • En el caso de ser alumno de otra EOI de las Islas Baleares no deberá abonar nuevamente la matrícula.
  • Alumnado Libre: El traslado de expediente del alumnado de la modalidad libre no se puede autorizar en ningún caso. Las pruebas se deben realizar en la Escuela Oficial de Idiomas dónde se haya realizado la matrícula.

Tasa que se debe abonar por traslado de expediente

Tasa ordinaria (enlace atib)

Tasa familia numerosa o monoparental general (enlace atib)

  • Para consultar las exenciones de las tasas podéis consultar este documento.

Renuncias

  • Los alumnos de la modalidad presencial podrán solicitar por escrito a la dirección del centro en cualquier momento del curso y nunca más tarde del mes de marzo, la renuncia de la matrícula con el motivo de no agotar las convocatorias estipuladas en la normativa vigente.
  • La dirección del centro resolverá las solicitudes en un período máximo de 10 días naturales.
  • Sólo se podrá solicitar la renuncia de la matrícula una sóla vez.

El alumno que haya solicitado una renuncia no podrá continuar asistiendo a clase ni tampoco podrá ser evaluado.

Esta renuncia no conlleva la devolución de las tasas, y en el caso de retomar los estudios en otro momento, se tendrá que volver a participar en el proceso de admisión.

La renuncia figurará en su expediente académico.

Impreso solicitud de renuncia

Devolución de tasas

  • El procedimiento a seguir en la tramitación de devolución de cantidades ingresadas indebidamente en concepto de tasas en materia educativa, viene determinada en la Orden del 27 de noviembre de 1996 (BOCAIB núm 43 de 5 de abril).
  • Documentos a aportar para la devolución de tasas:
    • Instancia (descarregad aquí el impreso) firmado por el interesado/a, con fecha en la que solicita la devolución y la exposición de los motivos.
    • Fotocopia DNI
    • Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios, sin rectificaciones.Descargad aquí el impreso
    • Copia del justificante del ingreso efectuado a favor de la CAIB (Modelo 046)
    • En su caso, otros documentos (compulsados) que demuestren el derecho a la devolución: fotocopia libro de familia, fotocopia del título de familia numerosa, etc.
    • En el caso de alumnos menores de edad, si la solicitud la realiza el padre o la madre, se debe adjuntar también la fotocopia de su DNI y las copias compulsadas del libro de familia donde aparezca el progenitor/a y su hijo/a

Podéis ver el documento para consultar las exenciones

Solicitud para la adaptación de las pruebas

  • Las solicitudes de de adaptación de las pruebas de certificado se deberán presentar por escrito en la secretaría del centro:
  • Impreso de la solicitud
  • Se harán constar los motivos alegados y la petición de adaptación concreta.
  • No se admitirá ninguna solicitud que no aporte justificación documental.
  • Será la EOI quien comunicará por escrito (normalmente por correo electrónico) la resolución de la solicitud.