Otros trámites

Traslado de expediente

El traslado de expediente se puede solicitar como muy tarde hasta finales de abril.

Se debe rellenar esta solicitud y entregarla en la secretaría de la EOI.

Impreso solicitud

Alumnado de la EOI Maó que quiera cursar sus estudios en otra EOI:

  • Tenéis que poneros en contacto con la EOI de destino para ver si hay plazas vacantes.
  • No se devolverá el importe de la matrícula cuando el traslado sea a una EOI fuera de las Islas Baleares.
  • Se tendrá que solicitar el traslado de expediente a la EOI de destino y abonar la tasa correspondiente.

Alumnado de otra EOI que quiere cursar sus estudios en la EOI de Maó

  • Antes de pedir el traslado de expediente, se deberá confirmar en nuestra EOI si habéis obtenido una plaza y justificar el traslado por cambio de domicilio o de lugar de trabajo.
  • En caso de no ser alumno de las Islas Baleares se deberá abonar el importe de la matrícula como nuevo alumno y la matrícula se considerará definitiva al recibir el expediente.
  • En el caso de ser alumno de otra EOI de las Islas Baleares no deberá abonar nuevamente la matrícula.
  • Alumnado Libre: El traslado de expediente del alumnado de la modalidad libre no se puede autorizar en ningún caso. Las pruebas se deben realizar en la Escuela Oficial de Idiomas dónde se haya realizado la matrícula.

Tasa que se debe abonar por traslado de expediente

Tasa ordinaria (enlace atib)

Tasa familia numerosa o monoparental general (enlace atib)

  • Para consultar las exenciones de las tasas podéis consultar este documento.

Renuncias

  • Los alumnos de la modalidad presencial podrán solicitar por escrito a la dirección del centro en cualquier momento del curso y nunca más tarde del mes de marzo, la renuncia de la matrícula con el motivo de no agotar las convocatorias estipuladas en la normativa vigente.
  • La dirección del centro resolverá las solicitudes en un período máximo de 10 días naturales.
  • Sólo se podrá solicitar la renuncia de la matrícula una sóla vez.

El alumno que haya solicitado una renuncia no podrá continuar asistiendo a clase ni tampoco podrá ser evaluado.

Esta renuncia no conlleva la devolución de las tasas, y en el caso de retomar los estudios en otro momento, se tendrá que volver a participar en el proceso de admisión.

La renuncia figurará en su expediente académico.

Impreso solicitud de renuncia

Devolución de tasas

Devolución de tasas

Se puede solicitar la devolución de tasas ingresadas erróneamente por causas, en general, admitidas en derecho como son:

  • Haber abonado una cantidad superior a la de las tasas vigentes (duplicación de tasas, no haber considerado las bonificaciones o exenciones, etc.).
  • Haber obtenido, con posterioridad al abono de las tasas de matrícula, una beca o ayuda al estudio que implique la gratuidad de la matrícula.
  • Haber presentado, la persona interesada, una titulación o alegado unas condiciones que no le den acceso a los enseñamientos que ha abonado.

Y cuando

  • El servicio no se ha prestado por causas atribuibles a la administración (como por ejemplo, la anulación de un curso).

Atención: no se tiene derecho a la devolución de tasas en caso de renuncia de matrícula, ni por desistimiento por causas personales o laborales o por incompatibilidad horaria.

El plazo máximo para presentar la solicitud de devolución es de 5 años desde el día en que se efectuó el ingreso indebido.

La solicitud de devolución de tasas hay que hacerla mediante uno de estos canales:

  • Telemáticamente en este enlace. Clicad en "Acceso al trámite telemático" que hay en la parte inferior del trámite. Se necesita el certificado digital, DNI electrónico o @clave permanente para hacer el trámite.
  • De manera presencial (solo para personas físicas) en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica o de la Administración General del Estado.
  • Por correo postal (solo para personas físicas). Se deben presentar los documentos dentro de un sobre abierto, para que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotados en el resguardo de la presentación.

DOCUMENTACIÓN mínima que se tiene que aportar:

  • La solicitud (modelo) que debe ir dirigida a la Conselleria de Educació i Universitats (el código DIR3 es A044026923).
  • Declaración de veracidad de datos bancarios (modelo).
  • Documento de ingreso 046 original (justificante del pago).
  • Si procede, cualquier documentación que acredite el derecho a la devolución de la tasa (fotocopia del libro de familia, fotocopia del título de familia numerosa, comunicado de concesión de una beca, certificado de discapacidad, informe del SOIB del período ininterrumpido inscrito en situación de desocupación, etc.).

Como norma general, el nombre del solicitante debe coincidir con el del titular de la declaración responsable de veracidad de los datos bancarios, impreso de matrícula, modelo 046 y el DNI o NIE.

En caso de alumnos menores de edad, hay que adjuntar también el DNI de su representante legal y:

  • En el caso de que sea el padre o madre, el libro de familia de las páginas donde conste que sale él/ella y su hijo/hija.
  • En el caso de que sea su tutor o tutora legal, debe aportar el auto judicial, sentencia o documento administrativo que así lo acredite.

Puedes consultar aquí el marco normativo.

Solicitud para la adaptación de las pruebas

  • Las posibles adaptaciones están reguladas por el anexo 3 de la convocatoria.
  • Las solicitudes de de adaptación de las pruebas de certificado se deberán presentar por escrito en la secretaría del centro:
  • Impreso de la solicitud
  • Se harán constar los motivos alegados y la petición de adaptación concreta.
  • No se admitirá ninguna solicitud que no aporte justificación documental.
  • Será la EOI quien comunicará por escrito (normalmente por correo electrónico) la resolución de la solicitud.